RAMAS DEL DERECHO RELACIONADAS CON EL DERECHO MERCANTIL
Para la aplicación de un derecho mercantil justo y libre; se requiere hacer uso de otras ramas del derecho para cubrir cualquier laguna legal.
DERECHO PUBLICO
Y PRIVADO
El Derecho laboral tiene especialmente relaciones e interferencias con las
diversas ramas del Derecho público y privado, sobre las que ha influido durante
el curso de su evolución, modificando tradicionales conceptos e introduciendo
formas en sus instituciones mediante la socialización de las libertades que no
existen sólo en beneficio del hombre, sino también para la sociedad de que
forma parte.
DERECHO
CONSTITUCIONAL
Principios y normas de la Constitución Nacional en materia de trabajo. Dicha
rama del Derecho público interno estudia la Constitución de un país, esto es,
la organización jurídica de la vida integral del Estado. De ahí que una
Constitución sea el mismo Derecho constitucional reducido a normas prácticas
declarativas, preceptivas o imperativas, dictadas por el pueblo en virtud del
poder constituyente, como dueño de la soberanía originaria.
Por tanto, las normas jurídico-laborales han de conformarse a los principios y
garantías fundamentales proclamados en la Constitución de cada país.
Todas las constituciones modernas de contenido liberal-social, consagran
principios políticos, económicos y financieros.
DERECHO
POLITICO.
La política social: antecedentes, concepto, fines y orientación contemporánea.
El derecho político estudia el aspecto jurídico de la organización y funciones
del Estado. Tiene por objeto estudiar la teoría general de Estado, que
comprende: el concepto, elementos, soberanía, personalidad, fines, formas del
Estado y las formas gobierno. Este derecho se halla constituido por dos
elementos: jurídico y político. En consecuencia, guarda vinculación con la
Política o ciencia práctica del Estado.
En efecto, la concentración de capitales, el desarrollo de la gran industria y
la abstención completa del Estado para intervenir en la vida económica y social
de la nación posición ésta sustentada por el individualismo político y el
liberalismo económico, sumieron en la época señalada a las masas proletarias de
las fábricas y talleres, en condiciones precarias de existencia e indefensión
social.
El trabajo fue considerado entonces, independientemente de la persona del
trabajador, como una mercancía semejante a las demás y sujeta a la ley
económica de la oferta y la demanda que determinaba las condiciones de su
utilización por el empresario capitalista.
DERECHO
ADMINISTRATIVO.
En opinión de ilustrados especialistas, el Derecho administrativo es la
dinámica del Derecho constitucional pues, el conjunto de principios y normas
que lo integran, disciplinan la actividad total del Estado para el cumplimiento
de sus fines.
En todos los países, existe una organización administrativa del trabajo, esto
es, nuevos órganos del Estado instituidos con distintas denominaciones:
Ministerio, Departamento o Dirección del Trabajo, Institutos de Seguridad o de
Previsión Social, para atribuirles como funciones: el régimen del trabajo y de
la seguridad social, la fiscalización del fiel cumplimiento de las leyes y
reglamentos laborales.
DERECHO PENAL
Como sistema positivo, el Derecho penal comprende el conjunto de normas
jurídicas que determinan los delitos las
penas y medidas adecuadas para prevenir la criminalidad. De ahí sus
vinculaciones con el Derecho laboral.
Pueden acaecer con motivo del desarrollo de las huelgas de trabajadores, de los
pares o cierres patronales, del uso violento de medios de acción directa en los
conflictos laborales colectivos o de la perturbación arbitraria del orden y la
disciplina en el trabajo, hechos delictuosos o contravencionales comunes que
caen dentro de la órbita del Derecho penal.
DERECHO CIVIL.
El Derecho civil o Derecho privado común, es el conjunto de normas jurídicas
que regulan las relaciones más universales de las personas, respecto a la
familia y la propiedad. Su contenido se halla integrado por las siguientes
instituciones: familia propiedad, obligaciones, contratos y sucesiones.
Por su amplio significado normativo, el Derecho civil es supletorio del
laboral, y se lo aplica a falta de normas legales o contractuales de trabajo
que diriman el caso controvertido.
DERECHO
MERCANTIL.
El Derecho comercial o mercantil, como rama del Derecho positivo privado, es el
conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones derivadas del comercio.
En otros términos, establece reglas especiales para los comerciantes y los
actos de comercio, que hacen pasar las mercancías de quienes la producen a
quienes las consumen.
Dicha rama del Derecho privado tiene vinculaciones con el Derecho laboral,
porque las leyes del trabajo o de previsión y seguridad social, extienden sus
beneficios y garantías mínimas a los empleados de comercio, y debe cumplirlas
el empresario comercial para la contratación de los servicios de sus
auxiliares.
DERECHO
INTERNACIONAL PUBLICO
El estudio de
esta rama del Derecho, comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan
las relaciones entre los Estados como entes soberanos o con otras
organizaciones internacionales creadas por acuerdo de los mismos.
Al enunciar los caracteres relevantes del Derecho laboral, hemos destacado su
tendencia universalista alcanzada mediante convenciones internacionales,
conferencias y tratados bilaterales o plurilaterales que regulan instituciones
análogas en países de distintas razas y culturas.
DERECHO
INTERNACIONAL PRIVADO.
La protección del trabajo de los nacionales en el extranjero y el de los
extranjeros fuera de su patria. Dicha rama de la Ciencia jurídica que tiene su
raíz en los derechos internos privados, establece las normas aplicables cuando
una misma relación jurídica se ha originado o desenvuelto bajo distintas
soberanías. Su objeto es el estudio de aquellas relaciones que interesan a más
de una regla jurídica nacional, para resolver los conflictos surgidos por la
diferencia de legislación entre los distintos países.